RESOLUCIÓN NRO.79/23
General Pico, 28 de Junio de 2023
VISTO: Lo dispuesto el Superior Tribunal de Justicia de la Pampa mediante RESFC-2023-6-E-JUSLAPAMPA-STJLP, en calidad de autoridad de aplicación de la Mediación Judicial Obligatoria (Art 38 de la Ley 2699).-
Paradojas y
reflexiones acerca de la mediación institucional prejudicial y judicial: poder
contextual, cultura y efecto "hastening"
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